viernes, 11 de junio de 2010

tributaria

Qué es el impuesto a las ventas?.
Es un gravamen de naturaleza indirecta, que en Colombia se da bajo la modalidad del valor agregado, o sea que se aplica en las diferentes etapas del cielo económico, de producción, importación y distribución a partir del 1 de abril de 1984 el libro 2 y 3.

• ¿Qué es estatuto tributario?
Es el compendio de normas que rigen el sistema de tributación la Colombia según el derecho 624/89 administrados por la dirección de impuestos y aduanas nacionales (D.I.A.N) el E.T tributario contrario contiene:Leyes, directos, sanciones que establecen las obligaciones tributarias aplicadas a los contribuyentes sobre el impuesto de renta y complementarias, retención en la fuente I.V.A impuesto timbre nacional, gravamen a los movimientos financieros entre otros (G.M.F).

• ¿Cuál es la clasificación para efectos de IVA?
Bienes gravados:Son aquellos a los cuales se aplica la tarifa correspondiente, según su clasificación.Bienes extensos:Su tarifa es cero (0).Bienes excluidos:Son los que no causan el impuesto.

• ¿Cuáles son las tarifas aplicadas?
Tarifa general:Es 16% de venta y de servicios para los bienes y servicios gravados.Tarifa diferencial:Son bienes grábales con el 20%, 45% básicamente aplicables a vehículos.

contrato de trabajo

Según el código sustantivo del trabajo “contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continua dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración."

Elementos del contrato de trabajo
Para que haya contrato de trabajo se requiere tres elementos esenciales:
• Actividad personal del trabajador
• Subordinación del trabajador hacia el empleado• Salario como retribución del servicio.

Clases de contrato de trabajo
De acuerdo con la legislación laboral colombiana, los contratos de trabajo se pueden clasificar de la siguiente forma:Accidental o transitoria:
• La duración del contrato debe ser inferior a un mes
• Se usa para ejecutar un trabajo ocasional que no tiene relación con las actividades normales del empleador ejemplo: para pintar un local
• No requieren celebrarse por escrita• No devengan prestaciones socialesDe obra o labor
• El contrato tiene un término equivalente a la duración de la obra o labor encomendada
• Son usuales para ejecutar un labor u obra especifica ejemplo: para la construcción de un edificio
• Debe constar por escrito.A término fijo:
• Su duración no puede exceder tres años
• Los contratos a términos fijo, inferiores a un año, solo podrán prorrogarse hasta tres veces por periodo iguales o inferiores
• Debe constar por escritoA término indefinido:
• Esta modalidad puede celebrarse verbalmente o por escrito
• El empleador puede darlo por terminado pero debe indemnizar al trabajador de acuerdo con lo establecido por la ley.
Terminación del contrato del trabajo.
1. Por muerte del trabajador
2. Por mutuo consentimiento
3. Por expiración del plazo fijo pactado
4. Por terminación de la obra o labor contratada
5. Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento6. Por suspensión de actividades por parte del empleador durante más de 120 días
7. Por sentencia ejecutorial8. Por decisión unilateral por parte del empleador o por parte del trabajador
9. Por no regresar el trabajador a su empleo, al desaparecer la causa del suspensión del contrato
10. Incapacidad total del trabajador
11. Renuncia al trabajador12. Despido indirecto o auto despido por culpa del empleador.

Indemnización por terminación del contrato del trabajo sin justa causa (por parte del empleador).
De acuerdo con el tiempo laborado y el salario devengado, así:
• Para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez salarios mínimos legales mensuales, la indemnización será de treinta días de salario por el primer año y veinte días adicionales por cada subsiguiente y proporcionalmente por fracción de año
• A los trabajadores que al entrar en vigencia la ley 50 de 1990, tenían diez o más años de servicio continuo: 45 días por el primer año subsiguiente al primero y proporcionalmente por fracción .
En contratos a término fijo
La indemnización a cargo o del empleador será equivalente al valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o del lapso determinado por la duración de la obra contratada; en este caso, la indemnización no será inferior a 15 días.